Erróneamente muchos trabajadores creen que al ser despedidos tienen derecho a todas las prestaciones, pero en caso de un despido justificado, el patrón no tiene la obligación de darte todos los beneficios
MEXICO.- Cualquier tipo de despido no es algo bueno para un trabajador, pero menos lo es cuando el despido es justificado, debido a que el empleado incumplió con alguna regla.
Erróneamente muchos trabajadores creen que al ser despedidos tienen derecho a todas las prestaciones, pero en caso de un despido justificado, el patrón no tiene la obligación de darte todos los beneficios.
¿Qué deben darte si te despiden justificadamente?
Cuando un trabajador es despedido de manera justificada, el empleador sólo debe dar un finiquito con lo siguiente, en relación a las prestaciones que tienes y el tiempo que llevas trabajando:
- Días trabajados en el mes
- Aguinaldo
- Vacaciones
- Fondo de ahorro
- Vales de despensa
- Bonos que ya hayas acumulado, si es el caso
- En caso de tener más de 15 años trabajando, se te pagará una prima de antigüedad, que son 12 días por cada año trabajado
¿Cuáles son las razones por las que un despido puede estar justificado?
- Ausencia, en caso de que hayas faltado más de 3 veces en un mes, sin justificar la falta y sin la autorización de tu superior
- Cometer actos inmorales, como acoso, abuso de poder o actos de vandalismo
- Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de alguna droga
- Entregar certificados o referencias falsas
- Ocasionar algún disturbio dentro del trabajo, como participar en una pelea o algún acto que altere la disciplina del lugar
- Poner en riesgo la seguridad del establecimiento o de las personas que ahí trabajan
- Desobedecer a los superiores en acciones que tengan relación con el trabajo
- Revelar secretos de la compañía o asuntos que tengan carácter de reservado
- Incumplir con el protocolo de seguridad o desafiar las normas preventivas para evitar accidentes o enfermedades
- Cometer actos de violencia contra un compañero o familiares de ellos, aún estando fuera de la jornada laboral
- Mentir en el currículum vitae
- Estar en un proceso penal y, por consecuencia, no cumplir al 100 con las actividades laborales
- Dañar el equipo de trabajo de manera directa y grave
- Ocasionar perjuicios siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia
Con información de OCCMundial.