Varias actividades no son consideradas especializadas, por lo que no pueden ser contratados con un tercero, es decir no puede haber subcontratación o se estaría violando la ley, de acuerdo la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
MÉXICO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo donde se establecen los criterios de inspección en materia de subcontratación, relacionados con servicios turísticos y de hospedaje.
Varias actividades no son consideradas especializadas, por lo que no pueden ser contratados con un tercero, es decir no puede haber subcontratación o se estaría violando la ley, de acuerdo la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Según la autoridad laboral, los servicios de limpieza, registro y atención a huéspedes, cocineros, cantineros, encargados de lavandería, lava losas, limpieza y reservaciones, entre otros, forman parte de su actividad económica preponderante.
De esta manera, las actividades de inspección en materia de subcontratación verificarán que este personal no se encuentre subcontratado, de lo contrario, se estaría violando la ley”, precisan en un comunicado.
Añadieron que la reforma en materia de subcontratación tiene como finalidad el combate de mecanismos de simulación en la relación laboral, que afectan directamente a los trabajadores.
La subcontratación se permite únicamente de servicios especializados, que no formen parte del objeto social de la empresa contratante.
Según la dependencia federal, los mismos criterios se han emitido con anterioridad de forma específica para la agroindustria, y son un mecanismo para clarificar los alcances de la subcontratación en diversos sectores económicos, y ofrecer certeza a trabajadores y empleadores.