La entrada en vigor de la 'Ley Home Office' marca un hito en la regulación del teletrabajo en México, proporcionando un marco claro para la protección y equidad de los trabajadores que realizan sus labores desde casa
MÉXICO.- La nueva Norma Oficial Mexicana, resultado de meses de trabajo conjunto entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS), organizaciones civiles, sindicatos, trabajadores, académicos e instituciones de seguridad social, tiene como objetivo principal regular el teletrabajo, una modalidad que ganó relevancia durante la pandemia de Covid-19.
Obligaciones de los Empleadores: Garantizando un Ambiente Seguro y Equitativo. La NOM-037-STPS-2023 establece que los trabajadores que realicen más del 40% de sus actividades fuera del centro de trabajo deben contar con un lugar seguro y adecuado que les proteja contra agentes físicos y factores de riesgo ergonómico y psicosocial.
Esto incluye condiciones como instalaciones en buen estado, buena iluminación, ventilación adecuada y mobiliario ergonómico.
Es importante destacar que si las condiciones en el hogar ponen en riesgo a los trabajadores, el teletrabajo puede revertirse, y el empleado puede regresar al centro de trabajo.
Además, la "Ley Home Office" asegura que los derechos de los trabajadores en modalidad de teletrabajo sean los mismos que los de aquellos que trabajan en el lugar de empleo, tanto en términos individuales (seguridad social, prestaciones, vacaciones) como en aspectos colectivos (derecho a la sindicalización y negociación colectiva).
La norma también aborda la perspectiva de género, exigiendo protección especial para aquellos que trabajan desde casa y puedan enfrentar violencia doméstica.
Reconoce el derecho de las mujeres en periodo de lactancia a tener pausas para alimentar a sus hijos o realizar la extracción de leche.
Obligaciones específicas de los empleadores en el teletrabajo:
Sostenimiento de Costos: Los empleadores deben sufragar el pago proporcional del consumo de internet y energía eléctrica, así como proporcionar la computadora, tableta, teléfono celular inteligente, impresora y tinta necesarios para el trabajo.
Herramientas Ergonómicas: Deben dotar a los colaboradores de herramientas necesarias para su desempeño, como sillas ergonómicas o aditamentos ergonómicos.
Derecho a la Desconexión: Los empleadores deben respetar el derecho a la desconexión, asegurando que los colaboradores trabajen solo durante el tiempo establecido en sus contratos y eviten participar en reuniones o utilizar dispositivos durante vacaciones, permisos y licencias.
Supervisión y Cumplimiento: Comisiones de Seguridad e Higiene y Recurso en Caso de Incumplimiento
Las Comisiones de Seguridad e Higiene de las empresas, integradas por representantes de trabajadores y empleadores, serán responsables de verificar las condiciones del teletrabajo, solicitando listas o evidencia fotográfica y, en algunos casos, realizando visitas.
En caso de incumplimiento por parte de los empleadores, los colaboradores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
La entrada en vigor de la 'Ley Home Office' marca un hito en la regulación del teletrabajo en México, proporcionando un marco claro para la protección y equidad de los trabajadores que realizan sus labores desde casa.