Es común que personas sugieran tener dos cuentas bancarias: Una fiscal, donde se manejen por ejemplo los recursos del negocio, como salarios; y otra “no fiscal” donde se puedan evadir los impuestos
MÉXICO.- Algunas personas creen en el rumor de que existen cuentas bancarias no fiscales, donde puedes concentrar recursos que por alguna razón no cubrieron impuestos.
Es común que personas sugieran tener dos cuentas bancarias: Una fiscal, donde se manejen por ejemplo los recursos del negocio, como salarios; y otra “no fiscal” donde se puedan evadir los impuestos.
Sin embargo el contador público, fiscalista, maestro en administración, catedrático, conferencista y mentor, Mario Beltrán, aclaró en Forbes, que no existe una clasificación de cuentas bancarias fiscales y “no fiscales”.
En realidad, la cuenta bancaria de cualquier entidad financiera tiene el carácter de fiscal, al no existir secreto bancario para el Servicio de Administración Tributaria (SAT), precisó.
Por este motivo, añadió según Forbes, es importante que todas las personas físicas ponderen los conceptos que depositan en sus cuentas de banco.
Algo importante a considerar es que los depósitos y transferencias realizadas en cuentas bancarias que no corresponden a registros contables o ingresos que hayan pagado impuestos, se pueden considerar por las autoridades fiscales, como ingresos.
¿Qué pasa si el SAT detecta depósitos considerados no declarados?
Esto podría implicar que la autoridad presuma que son ingresos que no han cubierto el Impuesto Sobre la Renta (ISR), que les corresponde y pedirá al titular de las cuentas que demuestre y en su caso, acredite que:
- Ya pagó los impuestos que corresponden
- Se trata de un ingreso exento, como herencias, legados, donaciones, enajenación de casa habitación, viáticos y premios, entre otros
- No es un ingreso exento y se debe pagar el impuesto respectivo
De acuerdo con Mario Beltrán, si se da uno de los dos primeros casos, el contribuyente deberá demostrar con pruebas documentales que permitan desvirtuar la presunción de la autoridad fiscal.
Sin embargo, si se trata de la tercera posibilidad, además de pagar el ISR, se deben cubrir recargos, actualizaciones, y posiblemente la multa por la no declaración de los ingresos.
Así que el contador público recomendó, según Forbes, que antes de recibir depósitos o transferencias por conceptos que no han cubierto impuestos, solicites asesoría fiscal preventiva para evitar riesgos y contingencias ante la detección de autoridades fiscales.