Con la utilización de este esquema, se proporciona al usuario desempleado una manera mensual para estabilizar su crédito hipotecario
MÉXICO-. El encontrarse en una situación de desempleo es algo que inevitablemente puede afectar las obligaciones económicas con las que el usuario cuenta, como por ejemplo el estar pagando correctamente su crédito en caso de que cuente con uno.
Recientemente, el Infonavit dio a conocer información sobre un esquema destinado a los afiliados que se encuentran desempleados por alguna circunstancia.
Gracias a este esquema, el organismo proporciona facilidades para que puedan elegir la manera de continuar contribuyendo al crédito con el que cuenten.
Pero, ¿Qué el Flexipago del Infonavit?
En términos más estructurados, este programa, también conocido como esquema por desempleo, permite a los usuarios que han perdido su empleo y no pueden seguir cubriendo adecuadamente la mensualidad de su crédito, acceder a recursos para recibir apoyo.
Bajo este esquema, el derechohabiente solo pagará un porcentaje de la mensualidad, y el resto será cubierto por el Fondo de Protección de Pagos, el cual funciona como un seguro para el usuario y se nutre de las aportaciones de todos los créditos otorgados a partir de 2009.
Para la creación de este esquema, se retira el 2% del pago mensual del crédito del usuario y de todas las personas que tengan su financiamiento a partir de ese año.
El Flexipago del Infonavit es una opción dada por este Fondo para brindar apoyo a los afiliados en caso de desempleo.
¿Cómo funciona?
Su función consiste en que el usuario pague un porcentaje y el resto de su mensualidad se pague con el Fondo, hasta por 6 meses, de esta manera su crédito estará al corriente.
Es así como el usuario, mes con mes, puede pasar de realizar el pago completo al utilizar el Fondo de Protección de Pagos o hacer uso de la prórroga siempre y cuando cuente con meses disponibles.
¿Cómo puede saber el usuario si es candidato para este apoyo?
- Que su crédito haya sido otorgado después del 2009.
- Haber tenido una relación laboral de al menos 6 meses.
- Tener un mes de desempleo, siempre y cuando no haya sido por pensión, incapacidad o invalidez.
- No haber recibido este apoyo en por lo menos 5 años previos.