Hacer retiros de tu Afore de forma anticipada tiene efectos y desventajas que debes conocer, antes de decidir aprovechar este beneficio, para que tomes una decisión consciente
MÉXICO.- La ley te ofrece la posibilidad de disponer de parte de tus recursos de tu cuenta Afore de forma anticipada bajo dos tipos de retiro: Por matrimonio y por desempleo.
Hacer retiros de tu Afore de forma anticipada tiene efectos y desventajas que debes conocer, antes de decidir aprovechar este beneficio, para que tomes una decisión consciente.
De acuerdo con la Afore Profuturo si ya lo hiciste, posteriormente puedes reintegrar las semanas cotizadas que te descontaron, con lo que recuperarás el tiempo y dinero perdido.
¿Qué es el retiro parcial por matrimonio?
Este beneficio te permite hacer un retiro parcial de los recursos de tu cuenta Afore por matrimonio y equivale a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, que actualmente la UMA tiene un valor de 89.62 pesos, es decir que serían 2 mil 688.6 pesos.
¿Cuáles son los requisitos que te solicitan?
- Tener al menos 150 semanas cotizadas a partir del 1 de julio de 1997
- No haber obtenido este derecho con anterioridad
- Estar vigente como asegurado
- Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado
¿Cuál es el retiro parcial por desempleo?
Este también es un beneficio que ofrece tu cuenta Afore, donde puedes hacer un retiro parcial de tus recursos, en caso de la pérdida del trabajo.
¿Cuáles son los requisitos?
- Tener 46 días naturales desempleado
- Tener al menos 3 años con tu cuenta de ahorro para el retiro abierta y 2 años cotizados ante el IMSS, o bien, 5 años con tu cuenta de ahorro para el retiro abierta
- No haber efectuado este retiro en los últimos 5 años
- Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado
En el caso de retiro por desempleo existen dos modalidades, una aplica si tu cuenta Afore tiene al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de 2 años de cotización al IMSS, donde recibirás en una sola exhibición 30 días de tu último Salario Base de Cotización con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.
En la otra modalidad, aplica si tu cuenta tiene 5 años o más de haber sido abierta, en cuyo caso recibirás lo que resulte menor entre 90 días de tu Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), advierte que realizar este tipo de retiros implica que te descontarán semanas cotizadas, lo que podría afectar tu pensión futura.