Transferencias entre cuentas propias: Expertos en asuntos fiscales ofrecen claves para evitar impuestos innecesarios

El Código Fiscal de la Federación establece una presunción de ingresos para las transferencias entre cuentas propias, pero los contribuyentes pueden evitar impuestos demostrando el origen y destino de los fondos

MÉXICO.- El Código Fiscal de la Federación (CFF) de México establece una regla fundamental que puede tener un impacto significativo en la carga fiscal de los contribuyentes. 

De acuerdo con el Artículo 59, fracción III del CFF, a menos que se demuestre lo contrario, las autoridades fiscales considerarán que los depósitos en la cuenta bancaria de un contribuyente, no respaldados por registros contables obligatorios, se consideran ingresos o el valor de actividades sujetas a tributación.

En otras palabras, las autoridades fiscales asumirán que cualquier importe ingresado en la cuenta bancaria de una persona física, ya sean depósitos o transferencias, se considera un ingreso sujeto a impuestos, a menos que el contribuyente pueda demostrar lo contrario. 

Esta presunción plantea una pregunta importante: ¿Está obligado un contribuyente a pagar impuestos por las transferencias electrónicas que realiza entre sus propias cuentas bancarias, ya sea entre cuentas en el mismo banco o en diferentes entidades bancarias? 

Mario Beltrán, un experto en asuntos fiscales, ofrece algunas recomendaciones clave para demostrar el origen y destino de las transferencias entre cuentas propias y evitar posibles impuestos innecesarios.

En primer lugar, Beltrán aconseja reunir los estados de cuenta bancarios de ambas cuentas de manera preventiva, ya que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría requerir información de hasta cinco años.

Esta precaución evita posibles multas y asegura que el contribuyente cuente con documentación sólida para respaldar sus argumentos.

Además de los estados de cuenta, Beltrán sugiere guardar los recibos o comprobantes de las transferencias, que son esenciales para demostrar el origen y el destino de los fondos. 

El análisis de los conceptos detrás de las transferencias es fundamental, ya que el SAT se centrará en los montos totales y buscará gravarlos. Identificar si los conceptos están gravados o exentos puede marcar la diferencia en la carga tributaria.

Para facilitar este proceso, el experto recomienda la elaboración de una hoja de cálculo o libreta que detalle los conceptos y permita desglosar los movimientos, señalando cuáles están sujetos a impuestos y cuáles no. Este enfoque puede ayudar a desvirtuar la presunción del SAT y evitar impuestos innecesarios.

Es importante destacar que si un contribuyente no proporciona las pruebas necesarias para demostrar el origen y destino de los fondos, el SAT puede proceder a cobrar impuestos sobre todos los depósitos y transferencias, junto con las actualizaciones y recargos correspondientes.

En resumen, aunque el CFF establece una presunción de ingresos para las transferencias entre cuentas propias, los contribuyentes pueden evitar impuestos innecesarios reuniendo documentación adecuada y demostrando que los fondos no constituyen ingresos sujetos a tributación. 

Las recomendaciones de Mario Beltrán ofrecen un camino claro para que los contribuyentes eviten cargas fiscales indebidas y protejan sus activos financieros.

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