SAT: Repartidores de comida no requieren el complemento Carta Porte

La Carta Porte es un documento que prueba la existencia de un contrato de transporte e informa los términos del acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transportada, algo obligatorio desde este 2022

MÉXICO.- Todas las empresas que transportan mercancía, deben contar con el complemento Carta Porte a partir del 1 de enero de 2022, una medida que según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no aplica para los repartidores de comida.

La Carta Porte es un documento que prueba la existencia de un contrato de transporte e informa los términos del acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transportada, algo obligatorio desde este 2022.

Sin embargo, el SAT dio a conocer que si entregas comida a domicilio en tu ciudad o localidad y utilizas tu propia bicicleta o motocicleta, no necesitas el complemento Carta Porte.

También hicieron un llamado a no dejarse extorsionar, ya que sólo autoridades federales pueden solicitarte el complemento Carta Porte, mientras que la policía municipal o estatal, no están autorizados para ello.

A partir del 1 de enero de 2022 entró en vigor el complemento de la Carta Porte, pero se otorgaron tres meses de prueba para que los transportistas se familiaricen con el documento, por lo que no habrá sanciones hasta el 31 de marzo de 2022.

Noticias Relacionadas

TE PUEDE INTERESAR

MÁS NOTICIAS

MÁS NOTICIAS