Para que seas beneficiado con la condonación de una deuda, es necesario que cumplas con algunos requisitos y el descuento puede ser de entre el 20 y el 70%
MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), brinda la posibilidad de condonar un porcentaje de las multas aplicadas, tanto a personas físicas como morales.
Para que seas beneficiado con la condonación de una deuda, es necesario que cumplas con algunos requisitos y el descuento puede ser de entre el 20 y el 70%.
¿Cuándo debe presentarse la solicitud de condonación?
De acuerdo con el SAT, a partir del siguiente día en que tengas conocimiento de los importes de las multas, si te realizan una auditoria, o a partir del siguiente día en el que te sea notificada la resolución que contenga las multas fiscales, se solicita la condonación.
¿Cómo se realiza la solicitud por Internet?
- Para hacer el proceso en línea, debes ingresar a Mi Portal con tu RFC y contraseña
- Después debes seleccionar “Servicios por Internet”, de ahí eliges “Servicios o solicitudes”, posteriormente seleccionas “Solicitud” y finalmente eliges el trámite “Condonación de Multas 74 CFF”.
- Realizas la solicitud de condonación de multas y anexas el escrito de solicitud
- Conservas el acuse
- Esperas respuesta del SAT mediante tu Buzón Tributario, o bien, a través del correo electrónico que proporcionaste
- Si omitiste señalar algún requisito en la solicitud, deberás solventar el requerimiento que te haga llegar la autoridad a través de tu Buzón Tributario o del correo electrónico proporcionado
- Recibe los Formatos de Contribuciones Federales para que realices tus pagos en caso de que respuesta a tu solicitud sea positiva
¿Qué debe contener el escrito libre de la solicitud?
- Tu nombre y la denominación o razón social de tu empresa, si el contribuyente es persona moral
- El domicilio fiscal que tienes manifestado al Registro Federal de Contribuyentes
- El domicilio para oír y recibir notificaciones si es el caso
- La clave del Registro Federal de Contribuyentes
- La autoridad a la que se dirige
- El propósito de la promoción
- Tu dirección de correo electrónico
- Estar firmado
- Señalar todos los hechos y circunstancias relacionados con el motivo de la promoción, así como los importes y conceptos debidamente desglosados y actualizados
- Si los adeudos ya están determinados o si te están realizando una auditoria, junto con el nombre de la autoridad que te la está realizando
- La protesta de decir verdad que:
- No estás o no has estado sujeto a una causa penal en la que se haya dictado sentencia condenatoria por delitos de carácter fiscal y ésta se encuentre firme, o en su caso, ni el representante legal, administrador único, o socios, si se trata de una persona moral
- Su nombre, denominación o razón social y clave en el RFC no ha sido publicado en términos del artículo 69-B del CFF, o que de haber sido publicado acreditó la improcedencia de ésta
¿Cómo se determina el porcentaje a condonar?
La antigüedad de una infracción se computará a partir de la fecha en que se tenía que haber cumplido la obligación fiscal que dio origen a la sanción o de la fecha en que la autoridad descubrió la infracción y hasta la fecha de presentación de la solución de condonación.
Para determinar el porcentaje a condonar, se considera la antigüedad de la multa y a continuación te presentamos una tabla con el porcentaje, según el año de la sanción.