Algunas personas prefieren contratar a profesionales para efectuar su declaración anual, pero también hay quienes han optado por realizarla ellos mismos a través del portal del SAT
MÉXICO.- Las personas físicas deben presentar su declaración anual durante abril, pero una de las ventajas es que ahora el Servicio de Administración Tributaria (SAT) brinda facilidades para que los contribuyentes que así lo deseen lo hagan en línea.
Algunas personas prefieren contratar a profesionales para efectuar su declaración anual, pero también hay quienes han optado por realizarla ellos mismos a través del portal del SAT.
¿Cómo presentar tú mismo tu declaración anual en línea?
BBVA México comparte los pasos que debes seguir para presentar tú mismo tu declaración anual y son los siguientes:
- Ingresa a la página web del SAT
- Accede a tu cuenta con tu RFC y contraseña o e.firma
- Llena con cuidado los datos que te solicitan
- Firma tu declaración
- Envíala
- Revisa que el sistema te envíe un acuse de recibo
- Tu proceso terminará aquí si tu declaración resulta en ceros o con saldo a favor
- Si contrariamente la declaración requiere que hagas de un pago, puedes efectuarlo a través de una transferencia bancaria
- Al efectuar el pago, el banco emitirá un recibo como comprobante, que debes guardar
Los expertos recomiendan que en caso de que encuentres complicaciones al tratar tú mismo de hacer tu declaración anual ante el SAT, lo mejor es que consultes a un profesional para evitar errores.
¿Quiénes deben presentar su declaración anual en abril?
Según BBVA México, deben presentar su declaración anual en abril las siguientes personas:
- Quienes tuvieron dos o más empleadores en el último año
- Sus ingresos excedieron los 400 mil pesos en el último año
- Recibieron un sueldo de empresas en el extranjero que no tienen obligación de hacer retenciones en México
- Recibieron conceptos de indemnización o jubilación
- Trabajadores bajo el régimen de honorarios
- Los que cobran rentas o hicieron una venta de un bien inmueble
- Quienes realicen actividades empresariales, a menos que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal
- Los que obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales que superaron los 100 mil pesos