Según el SAT, las personas físicas y morales que estén ante el RFC con situación fiscal de cancelados no tienen obligación de habilitarlo y también pueden no hacerlo las personas físicas sin obligaciones fiscales, ni actividad económica
MÉXICO.- A partir de 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), determinó que habilitar el buzón tributario es una obligación de los contribuyentes.
Según el SAT, las personas físicas y morales que estén ante el RFC con situación fiscal de cancelados no tienen obligación de habilitarlo y también pueden no hacerlo las personas físicas sin obligaciones fiscales, ni actividad económica.
¿Para qué sirve el buzón tributario?
El buzón tributario es útil para simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés, pero además se reciben facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
Tener habilitado el buzón tributario economiza tiempo y recursos; da certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que realicen y genera oportunidades para una pronta autocorrección, entre otros.
¿Cómo habilitar el buzón tributario?
- Paso 1: Acceso al minisitio del buzón tributario
Ingresa al sitio web del SAT
En la parte izquierda de la pantalla aparecerá un botón para acceder al minisitio del buzón, en el que deberás dar clic
- Paso 2: Habilita tu buzón tributario
Una vez que ingreses al minisitio, busca la opción “habilita tu buzón tributario” y selecciónalo
- Paso 3: Acceso por contraseña
Para habilitar tu buzón tributario, deberás proporcionar tu RFC, contraseña, Patrón de Impuestos Básicos y resolver el código captcha
Después selecciona el botón “enviar” para continuar
- Paso 4: Captura archivos
Después de ingresar, captura los archivos que se te indiques y da clic en “enviar”
- Paso 5: Registro de contacto
Después deberás registrar un correo electrónico y número de teléfono celular, con 10 dígitos como tus medios de contacto
Si deseas agregar más cuentas, utiliza la opción “agregar correo”
Una vez registrados, da clic en “continuar”
- Paso 6: Confirmación de medios de contacto
Recibirás un mensaje de confirmación con fecha, hora y folio de registro
Si proporcionaste un número de celular, recibirás un código de activación vía SMS, que tiene una vigencia de 72 horas
Para el correo electrónico, simplemente debes seguir las instrucciones del mensaje de confirmación
- Paso 7: Código de activación
Si necesitas capturar un código de activación de SMS, accede nuevamente a tu buzón tributario y haz clic en el ícono de configuración y captura el código
Toma en cuenta que si ingresas erróneamente el código tres veces, se bloqueará por media hora
- Paso 8: Confirmación de medios de contacto
Cuando confirmes exitosamente tus medios de contacto, recibirás un aviso electrónico en cada uno de ellos
Regresa a tu buzón tributario, revisa tu bandeja de entrada y descarga el acuse que confirma el registro exitoso de tus medios de contacto