De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), el servicio de transporte aéreo de los animales domésticos, debe hacerse por las aerolíneas con un trato humanitario y contemplar y aplicar medidas que permitan disminuir la tensión durante su movilización
MÉXICO.- Las mascotas se convierten en alguien importante para las familias, pues son consideradas un integrante más, por lo que en ocasiones se quieren llevar incluso a las vacaciones, algo que es posible.
De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), el servicio de transporte aéreo de los animales domésticos, debe hacerse por las aerolíneas con un trato humanitario y contemplar y aplicar medidas que permitan disminuir la tensión durante su movilización.
¿Cuáles son los tipos de animales domésticos?
- Animales de servicio. Son los que previo adiestramiento acreditado, pueden realizar actividades de apoyo a personas con discapacidad, obedecer instrucciones o estar en condicionados para lograr fines específicos.
- Animales de apoyo emocional. Son lo que forman parte de un plan de tratamiento médico y proporcionan compañía, alivian la soledad y en ocasiones ayudan con la depresión, la ansiedad y ciertas fobias, sin tener un entrenamiento especial para realizar esas tareas.
- Especies braquicéfalas. Son las que tienen un hocico y cráneo muy acortados, como un perro bulldog. Generalmente las aerolíneas no transportan este tipo de animales ya que tienen problemas para respirar y corren riesgo de sufrir alguna afectación al viajar.
¿Cuáles son los requisitos para viajar con tu mascota?
En caso de que la aerolínea brinde este servicio, deberás presentar la siguiente documentación:
- Original y copia certificada de vacunación, expedido por un veterinario, en papel membretado y con el número de cédula profesional, el cual deberá considerar la aplicación de la vacuna antirrábica con un año a partir de la fecha de la aplicación y al menos 30 días antes de la fecha de vuelo, así como la desparasitación, no mayor a 6 meses.
- Original y copia de la carta responsiva, por los posibles daños y muerte del animal doméstico por causas no atribuibles a la aerolínea.
Únicamente los animales de servicio y de apoyo emocional tienen permitido viajar en la cabina, para lo cual es importante revisar las medidas de seguridad operacional aplicables, de las cuales deberás informarte antes de viajar.