El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores es una institución mexicana que tiene como objetivo principal brindar créditos a los trabajadores
MÉXICO-.La mayoría de las personas se ven en la necesidad de hacer uso de un crédito para suplir algunas necesidades que no se encuentran a su alcance en un primer momento.
Por lo tanto, es bastante común que las empresas estén afiliadas a alguna institución especializada en la expedición de créditos, como el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot), cuyo objetivo principal es brindar créditos a los trabajadores.
Estos créditos se otorgan a través de convenios que Fonacot establece con empresas participantes, donde los trabajadores pueden utilizar su crédito para adquirir productos o servicios en dichas empresas.
¿Cómo solicitar un crédito de Fonacot?
Documentos obligatorios
Identificación oficial vigente con fotografía:
- Credencial de elector - Original
- Pasaporte - Original
Comprobante de domicilio reciente a nombre de la persona que este interesada en el crédito del bimestre actual o inmediato anterior, de cualquiera de los siguientes documentos (Se debe presentar el documento original y la copia):
- Agua
- Predial
- Teléfono fijo o móvil
- Luz
- Estado de cuenta bancario
- Constancia de domicilio expedida por una autoridad Federal, Estatal, Municipal o Ejidal en la que se plasme sello y firma.
- Credencial de elector vigente (siempre y cuando contenga con el domicilio completo del trabajador)
- Último Estado de Cuenta de tu Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) con vigencia menor a 6 meses
- Estado de Cuenta de una casa comercial
- Recibo o factura por servicios de televisión por cable o satelital
- Recibo o factura de gas estacionario o gas natural subterráneo
- Aviso por retención de descuentos (INFONAVIT) con una vigencia no mayor a 6 meses de su expedición
Recibos de nómina, últimos 4 recibos de nómina expedidos por el centro de trabajo (patrón) (Se deben presentar el documento original y la copia):
- Si tu pago es mensual, el último recibo de nómina no deberá exceder de 31 días de la última fecha de registro del período de pago
- Si tu pago es quincenal, catorcenal o semanal, el último recibo de nómina no deberá exceder de 16 días de la última fecha de registro del período de pago