A partir de que una persona se da de alta ante el SAT, se convierte en contribuyente, lo que implica que tendrá que cumplir con algunas obligaciones, según el régimen en el que se encuentre
MÉXICO.- Desde que un joven cumple su mayoría de edad o al iniciar su vida laboral, tiene la obligación de registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
A partir de que una persona se da de alta ante el SAT, se convierte en contribuyente, lo que implica que tendrá que cumplir con algunas obligaciones, según el régimen en el que se encuentre.
¿Qué tipos de deudas se pueden adquirir?
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), se pueden tener los siguientes tipos de deudas:
Adeudos federales
Si no se realizan los pagos de impuestos como el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otros existentes en materia aduanera
Adeudos locales
Se refiere al incumplimiento del pago de tenencia, predial o impuestos de nómina
¿Cómo saber que tienes adeudos con el SAT?
Si no sabes si tienes algún pendiente con la autoridad tributaria, es importante que lo revises y puedes seguir estos pasos para ello:
- Ingresa al portal del SAT
- Busca la sección “consulta y pago de adeudos”
- Se te pedirá hincar sesión en “mi portal” con tu RFC y contraseña
- Da clic en la opción “créditos fiscales”, seguido de “servicios” y después “formato para pago total”
- Te mostrará un listado de tus créditos fiscales pendientes de pago, si los tienes
- Si deseas pagar, debes seleccionarlo, guardarlo e imprimirlo para pagar
- Una vez que tengas la línea de captura y pagues, en 72 horas tu cuenta estará al corriente
¿Qué pasa si no pagas tus deudas?
Según la Condusef si no pagas tus adeudos con el Servicio de Administración Tributaria, puedes tener las siguientes consecuencias:
- El SAT reportará tus adeudos al Buró de Crédito, con lo que tendrás un mal historial crediticio y esto reducirá la posibilidad de que adquieras algún financiamiento
- El fisco podría bloquear tus cuentas bancarias y de inversión
- El SAT comenzará un procedimiento administrativo de ejecución en tu contra, con el que podrían embargar tus pertenencias
- En caso de que seas emprendedor, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que generes serán cancelados, por lo que ya no podrás facturar ni cobrar por tus servicios
- Si tienes devoluciones de impuestos pendientes, la autoridad podría tomar estos recursos para saldar tus créditos fiscales