“Autos chocolate”: Cuáles sí podrán legalizarse, cuáles no y dónde

Los vehículos de procedencia extranjera pueden ser importados de forma definitiva, sin requerirse un documento que acredite su legal estancia en el País, ni certificado de origen, permiso de la Secretaría de Economía o inscripción en el Padrón de Importadores

MÉXICO.- Los “autos chocolate” ya podrán legalizarse en 10 entidades del País, una medida que estará vigente hasta el próximo 20 de julio y que comenzó desde este miércoles, con la publicación del decreto.

Los vehículos de procedencia extranjera pueden ser importados de forma definitiva, sin requerirse un documento que acredite su legal estancia en el País, ni certificado de origen, permiso de la Secretaría de Economía o inscripción en el Padrón de Importadores.

“Autos chocolate” que sí podrán legalizarse

“Autos chocolate” que no se podrán importar

  1. Los automóviles que por sus características o aspectos técnicos, esté restringida o prohibida su circulación en el país de procedencia o en México
  2. El vehículo a importar sea de lujo o deportivo, o blindado
  3. No cumpla con las condiciones físico- mecánicas o de protección al medio ambiente, de conformidad con las disposiciones federales o locales aplicables
  4. Hayan sido reportados como robados
  5. Estén relacionados con la comisión de un delito en alguna carpeta de investigación o proceso penal
     

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