Trabajar por cuenta propia puede representar algunos desafíos. Entre ellos, la afiliación al sistema de salud, especialmente del IMSS, sin embargo, existen maneras de poder hacerlo
MÉXICO.- Trabajar de forma independiente implica algunos retos, como no contar con servicio médico, sin embargo, existe una manera de afiliarte al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tener cobertura de cualquier eventualidad.
En este programa se toman en cuenta a las industrias familiares, comerciantes de pequeños y medianos negocios, artesanos y profesionales no asalariados.
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Al afiliarse, no solo se protege a uno mismo, sino que los beneficios son para el cónyuge o concubino, hijos, madres y padres.
¿Cómo me inscribo?
De acuerdo con el sitio web de la institución, hay dos maneras de acceder a la atención médica del IMSS.
Internet
Ingresa a la página del organismo y haz clic en la sección Personas trabajadoras independientes.
El siguiente paso es pulsar la opción Iniciar el trámite, donde te solicitarán tu Clave Única de Registro de Población (CURP), Número de Seguridad Social, tu clave ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y un correo electrónico.
Subdelegación
El trámite lo puedes hacer de manera presencial acudiendo a la subdelegación más cercana a tu domicilio.
Si no sabes dónde se localiza, haz clic aquí para conocer el directorio de las 133 oficinas del Seguro Social.
Tipos de seguro que ofrece el IMSS
El IMSS otorga los mismos beneficios a las personas trabajadoras independientes que a las de régimen obligatorio.
Para hacer uso de los servicios, deberás realizar tu registro, y en su caso el de tus beneficiarios legales, en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda a tu domicilio. Podrás hacerlo usando tu FIEL desde el Escritorio Virtual en el portal del (Seguro Social) o acudiendo directamente a la ventanilla de la UMF, da a conocer en su portal.
Los seguros y apoyos que conforman este tipo de atención son:
De enfermedades
Con él, las personas que realizan freelance y sus beneficiarios tienen acceso a asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, donde se incluye el servicio de hospitalización y cuidado en enfermedades no profesionales.
Además, le da el pago de incapacidad a la gente por esos padecimientos.
Sin embargo, hay algunas enfermedades en las que no le proporcionarán atención en ciertos periodos.
Estas son:
- Seis meses: Tumoración benigna de mama.
- 10 meses: Parto
- Un año: Litotripcia; cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas de útero, ovarios y piso perineal; operaciones de insuficiencia venosa y várices; senos paranasales y nariz; varicocele; hemorroidectomía y de fístulas rectales y prolapso de recto; por hernias, a excepción del disco vertebral; de hallux valgus; de estrabismo, amigdalectomía y adenoidectomía.
- Dos años: Cirugía ortopédica.
Estos tiempos serán computados a partir de la fecha en que el asegurado y sus beneficiarios queden inscritos ante el instituto. Transcurridos los mismos podrán hacer uso de las prestaciones en especie respecto de los padecimientos y tratamientos antes señalados.
La restricción para el otorgamiento de las prestaciones en especie respecto de los padecimientos y tratamientos enunciados, no impide que el asegurado o sus beneficiarios hagan uso de dichas prestaciones por otro padecimiento o tratamiento diverso, expone el IMSS.
Maternidad
Tratándose de maternidad, se otorga asistencia obstétrica para la asegurada, la cónyuge o la concubina, ayuda en especie por seis meses para lactancia. Para la atención del parto, se requiere un tiempo de espera de diez meses posteriores al primer aseguramiento, refiere en su página oficial.
Las personas gestantes tienen derecho a un subsidio en dinero igual a 100% del último salario diario de cotización. Esto solo lo recibirá si cubrió, por lo menos, 30 cotizaciones semanales en el año previo a la fecha en la que se debería pagar el beneficio.
Por riesgos de trabajo
Las personas trabajadoras independientes también reciben protección ante accidentes y enfermedades causadas por su labor.
El IMSS les proporciona asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica; hospitalización; aparatos de ortopedia y prótesis; rehabilitación; pago de incapacidades (temporal, permanente parcial y permanente total) y por muerte.
En estos textos te mostramos qué es un riesgo de trabajo, qué incluye cada incapacidad y cómo tramitarla.
Por muerte
El Seguro Social otorga apoyo en gastos funerarios, así como las pensiones por viudez, orfandad o para los familiares que corresponda.
Por invalidez y vida
Otorga las prestaciones cuando el trabajador sufre un accidente o enfermedad no profesional que le impide trabajar de manera ordinaria y obtener más de 50% del salario que percibía durante su último año laboral, o en caso de muerte.
Por retiro, vejez y cesantía en edad avanzada
El IMSS da a las personas trabajadoras independientes una pensión de acuerdo con lo estipulado en la Ley del Seguro Social (LSS).
Es decir, el apoyo por cesantía inicia a los 60 años y el de vejez con 65 años o más, esto al llegar a las 750 semanas cotizadas hasta 2021.
Se darán incrementos anuales de 25 semanas hasta llegar a 1,000, conforme a los nuevos estatutos de la LSS, o 500 semanas de cotización para quienes se rigen por los lineamientos de 1973.
Si el asegurado no cuenta con las suficientes semanas de cotización puede retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta que cubra las semanas necesarias para obtener la pensión.
En el caso de retiro, la persona podrá pensionarse antes de la edad establecida, siempre y cuando la cantidad sea mayor a 30% de l fondo garantizado.
El asegurado tiene el derecho de elegir la Administradora de Fondos para el Retiro de su elección y puede con cargo a los recursos de su cuenta y de sus semanas de cotización, obtener ayuda para gastos de matrimonio o desempleo.
Guarderías y prestaciones sociales
Las personas trabajadoras que realizan actividades freelance pueden solicitar apoyo para el cuidado de los hijos, incluyendo salud, educación, recreación y alimentación.
Esto aplica tanto a las madres como a los padres viudos o que cuenten con la custodia de los niños.
En el caso de las prestaciones sociales, el IMSS detalla que pueden inscribirse a los programas de promoción de la salud, cultura y deporte, así como capacitación en prevención de accidentes y enfermedades.
También cuentan con cursos de adiestramiento técnico y capacitación para el trabajo; centros vacacionales; establecimiento y administración de velatorios.
¿Cuánto debo pagar al IMSS y con qué periodicidad?
El costo para afiliarte al IMSS siendo una persona trabajadora independiente depende de tu profesión y la zona del país en la que vivas; estas cuotas no son deducibles de impuestos. Para calcularlas, haz clic aquí.
Tu protección es mensual, por lo que cada 30 días debes hacer el pago.
Para tener continuidad en el aseguramiento, debe realizarse el trámite de afiliación y pago cada mes y obtener el documento de la transacción, ingresando al sistema o acudiendo a la Subdelegación.