Una de las prestaciones que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sus derechohabientes es el de seguro de invalidez y vida; sin embargo, en ocasiones, no se conocen cuáles son los requisitos para cobrar dicha prestación.
MÉXICO.- Una de las prestaciones que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sus derechohabientes es el de seguro de invalidez y vida; sin embargo, en ocasiones, no se conocen cuáles son los requisitos para cobrar dicha prestación.
¿Cuáles son las diferencias del Seguro de Invalidez y el Seguro de Vida?
El objetivo del seguro de vida del IMSS es proteger los medios de subsistencia de los asegurados y sus familias garantizando el derecho a la salud y a la asistencia médica, en caso de accidente o enfermedad que ocurra fuera del entorno laboral y que tenga como consecuencia un estado de invalidez, inclusive la muerte.
El Seguro de invalidez protege al asegurado si queda imposibilitado para procurarse, meidante un trabajo igual, con remuneración del 50% de su último salario percibido durante el último año.
El seguro de vida se otorga a beneficiarios y/o familiares del asegurado o pensionado posterior al fallecimiento de este. Y, según puntualiza el artículo 119 de la Ley del Seguro Social, a estos se les otorga sus pensiones de viudez, orfandad y ascendencia.
¿Cuáles son los requisitos para otorgar el seguro?
Las personas que fueron asignadas como beneficiarias por parte del derechohabiente las cuales pueden incluir esposa (o), concubina (o), padres e hijos, podrán cobrar estas pensiones con las siguientes condiciones:
- El asegurado al fallecer hubiese tenido reconocido el pago al IMSS de un mínimo ciento cincuenta cotizaciones semanales.
- En otro caso, encontrarse disfrutando de una pensión de invalidez.
- La muerte del asegurado o pensionado por invalidez no se debe a un riesgo de trabajo.
- Tendrán derecho a pensión los beneficiarios de un asegurado fallecido por causa distinta a un riesgo de trabajo que se encontrara disfrutando de una pensión por incapacidad permanente derivada de un riesgo igual.
- -Si el asegurado que disfrutaba de una pensión de incapacidad permanente total, y fallece por causa distinta al riesgo de trabajo sin cumplir con el requisito anterior, sus beneficiarios tendrán derecho a dicha pensión.
¿Cuáles son los documentos que se necesitan?
- Identificación oficial con fotografia.
- Número de SEguro Social.
- Comprobante de domicilio.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la Afore.
- Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con homoclave.
- Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el instituto.