Se estima que el SAT es una de las principales entidades con las que se tiene que tener cierto cuidado en las finanzas, pues este mismo cuenta con sanciones que pueden perjudicar el historial financiero de varios usuarios
MÉXICO-. Es bien sabido entre la población mexicana que, cuando se trata del Servicio de Administración Tributaria, se tiene que tener cierto rigor a la hora de manejar las finanzas que se van a declarar ante este organismo.
Este suele ser una de las instituciones que cuenta con mayor peso en el mundo financiero, debido a que tiene como objetivo principal garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, así como fomentar la cultura de la legalidad en materia tributaria.
Más sin embargo, el incumplimiento de las obligaciones fiscales puede tener consecuencias negativas para los individuos y las empresas.
El SAT y la inmovilización de los depósitos bancarios
Como ya se menciono anteriormente el SAT se ha convertido en una entidad con la que los contribuyentes deben tener especial cuidado en sus finanzas.
Las sanciones impuestas por esta institución pueden perjudicar seriamente el historial financiero de los usuarios, afectando su capacidad para realizar transacciones comerciales y obtener créditos.
Entre estas sanciones se encuentra la inmovilización de los depósitos bancarios, la cual se refiere a la restricción de poder disponer de ellos hasta el monto correspondiente a la deuda actualizada, junto con sus intereses y otros cargos asociados.
¿En qué casos puede bloquear tu cuenta bancaria?
- Cuando se tienen adeudos fiscales
El individuo en cuestión posee adeudos fiscales que no han sido solventados y no ha presentado una apelación en el momento adecuado, o bien, la resolución definitiva favoreció al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Como consecuencia, la autoridad fiscal está llevando a cabo medidas de cobro y ha solicitado directamente a las instituciones bancarias que bloqueen y transfieran los recursos económicos encontrados a nombre del individuo, hasta cubrir el monto actualizado de los adeudos fiscales y los cargos adicionales correspondientes, tales como recargos, multas y gastos de ejecución.
- Se tienen adeudos fiscales sujetos a algún medio de defensa y existe la obligación de garantizarlo
Existe una obligación de garantizar los adeudos fiscales, y hasta el momento no se ha proporcionado ninguna garantía al respecto.
En consecuencia, la autoridad ordena a las instituciones bancarias la inmovilización de depósitos suficientes para garantizar el monto total de los adeudos fiscales actualizados y sus cargos adicionales (recargos, multas y gastos de ejecución).
¿Qué se puede hacer para que no se lleve a cabo este bloqueo?
El usuario tiene la opción de solicitar que no se inmovilicen sus depósitos bancarios y, en su lugar, ofrecer algún otro tipo de garantía.
- Depósito en dinero o carta de crédito emitida por institución bancaria autorizada
- Prenda o hipoteca
- Fianza otorgada por institución autorizada
- Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia
- Embargo en la vía administrativa.
- Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente.