La prestación del reparto de utilidades corresponde a un porcentaje de las ganancias de la compañía donde se labora y es aplicable a los trabajadores, independientemente de que estos ya no laboren en la empresa.
MÉXICO.- El 30 de mayo es la fecha límite para que las empresas hagan el reparto de utilidades entre sus trabajadores. Mientras tanto, las personas físicas, con actividad empresarial, tendrán hasta el 29 de junio para cumplir con dicha obligación.
De acuerdo con Aspel, la prestación del reparto de utilidades corresponde a un porcentaje de las ganancias de la compañía donde se labora y es aplicable a los trabajadores, independientemente de que estos ya no laboren en la empresa.
¿De qué se trata?
El reparto de utilidades es un derecho laboral que se debe otorgar a los colaboradores según el artículo 123 de la Constitución Política.
Claves para entender este beneficio para los empleados.
¿Cómo calcularlo?
Ciertamente, el reparto de las utilidades es una prestación muy esperada por los trabajadores, ya sea para poner en marcha algunos proyectos, saldar deudas o ahorrar dinero para el futuro. Para calcularlo, es necesario tomar en cuenta los siguientes puntos.
- El reparto de utilidades es aplicable a los trabajadores, con excepción de los directores, administradores y gerentes generales, que hayan laborado al menos 60 días en empresas cuyos ingresos acumulables para fin de Impuesto Sobre Renta (ISR) fueron de $300 mil pesos o más, según la declaración anual, y que tengan más de un año en funcionamiento.
- Los trabajadores participarán en las utilidades de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, que actualmente es del 10% de la renta gravable, conforme a las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Renta.
- La utilidad a repartir se dividirá en dos partes iguales: la primera, se repartirá por igual entre todos los colaboradores, tomando en consideración el número de días trabajados en el año, sin importar el monto de los salarios; la segunda, se distribuirá en proporción al monto de los salarios devengados, por el trabajo prestado. Se considera salario a la cantidad que perciban los trabajadores en efectivo por cuota diaria.
- Las empresas que efectúen el pago de las utilidades a sus trabajadores, entre otros requisitos, deberán emitir el CFDI de nómina extraordinaria correspondiente, de acuerdo con la guía de llenado del comprobante de recibo de nómina y su complemento, emitida por la autoridad fiscal.
Origen:
El primer antecedente de esta prestación inició en una fábrica de vidrio en Pensilvania, Estados Unidos, en 1797, y nació a partir de la idea de fomentar las buenas relaciones laborales con los trabajadores.
En México, por otra parte, la primera mención sobre la participación de las utilidades fue registrada en el discurso de Ignacio Ramírez, “El Nigromante”, escritor, poeta, periodista, político e ideólogo liberal, en julio de 1856.
En esta se exigía que los trabajadores recibieran una parte proporcional de las ganancias del empresario; premisa que sirvió de inspiración a los diputados del Constituyente de 1917.
El segundo antecedente data de la legislación de Coahuila de 1916, que incluyó el derecho de los trabajadores al reparto de utilidades.
En México, este beneficio ha tenido diversas modificaciones. En 2021, la reforma a la Ley federal del Trabajo, responsable de regular la subcontratación laboral, ha marcado un límite al reparto de utilidades, con el fin de reducir los márgenes que pudieran surgir con motivo del retorno de la fuerza laboral a las empresas.
La fracción VIII al artículo 127 fue adicionada a la Ley Federal del Trabajo, que fija el tope para la PTU, estableciendo dos nuevos límites: el primero, por un máximo de tres meses de salario y el segundo, por el promedio de la participación obtenida por el trabajador en los últimos tres años.