Reparto de Utilidades: ¿Cuándo deben pagarlas y a quién le corresponden?

No todos los trabajadores son acreedores al reparto de utilidades, pues la ley contempla algunas excepciones por el tipo de empleo y por ciertas condiciones de las empresas

MÉXICO.- Uno de los beneficios más esperados por los trabajadores, es el reparto de utilidades, que es un derecho constitucional en el que los empleados participan de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa.

Sin embargo no todos los trabajadores son acreedores al reparto de utilidades, pues la ley contempla algunas excepciones por el tipo de empleo y por ciertas condiciones de las empresas.

De acuerdo con El Financiero, no reciben utilidades trabajadoras domésticas; directores; administradores; gerentes generales y profesionistas que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin tener una relación de trabajo subordinado con el patrón.

En el caso de las empresas, las que son de nueva creación durante su primer año están exentas de repartir utilidades, así como instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

¿Cuándo deben pagarse las utilidades?

En el caso de los trabajadores que colaboran para una persona moral, según El Financiero, la fecha límite para hacer el reparto de utilidades es el 30 de mayo.

En el caso de las personas que trabajan para una persona física, el pago debe realizarse, máximo el 29 de junio, aunque tanto las personas físicas, como morales, pueden hacer el reparto antes de la fecha límite.

¿Cuánto se reparten de utilidades?

La ley estipula que las empresas deben distribuir el 10% de sus utilidades entre los trabajadores, y de acuerdo con la plataforma de empleo OCC Mundial existen dos variables que se toman en cuenta para calcular el monto que le corresponde a cada trabajador.

¿Cuánto debes haber trabajado para recibir este derecho?

Cuando un empleado labora 60 días o más durante el año en el que se generaron las ganancias, tiene derecho al reparto de utilidades, incluso si ya no labora para la empresa.

Según la plataforma de empleo OCC Mundial, se tiene hasta un año para acudir a la empresa para la que trabajaste para solicitar el pago de tus utilidades.

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