SCJN respaldando la reforma laboral y aboliendo el Outsourcing

La reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la constitucionalidad del tope de tres meses al reparto de utilidades marca un momento crucial en el panorama laboral de México.

MÉXICO.-En un fallo que marca un hito en el panorama laboral de México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado constitucional el tope de tres meses al reparto de utilidades (PTU), una disposición clave introducida en la legislación laboral durante la reforma del outsourcing de 2021. Esta decisión, según Jorge Sales Boyoli, socio director de la firma Sales Boyoli, "pone los clavos al ataúd del viejo modelo de subcontratación".

El veredicto de la SCJN representa el último episodio en una serie de controversias generadas por empresas y sindicatos en respuesta a la reforma de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de subcontratación. Esta reforma, además de prohibir el outsourcing basado en el suministro de personal, estableció nuevas regulaciones para la contratación de servicios especializados.

Lo que es permisible y lo que no

Carlos Ferran Martínez, socio director de Ferran Martínez Abogados, destaca que la Corte ha resuelto todas las cuestiones planteadas, dejando claro lo que es permisible y lo que no en términos legales. La reforma, que también incluyó la creación del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse), administrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), ahora ha superado la prueba de fuego judicial.

Durante el período de julio a diciembre de 2023, la SCJN revisó varios amparos que impugnaban la reforma laboral, desde la prohibición del outsourcing hasta las disposiciones para regular la prestación de servicios especializados. Con sus fallos, la Corte confirmó la validez de la mayoría de las disposiciones de la reforma, argumentando que tenían una finalidad legítima de proteger los derechos laborales y la seguridad social de los trabajadores.

Interpretaciones y modificaciones

Sin embargo, la SCJN también dictaminó como inconstitucionales ciertos aspectos relacionados con la interpretación de la STPS de las modificaciones a la LFT. Específicamente, la Corte invalidó las disposiciones que permitían a la STPS definir los servicios especializados y exigir la acreditación de la especialización de las actividades para el registro en el Repse.

En resumen, la resolución de la SCJN representa un punto de inflexión en el paisaje laboral mexicano, consolidando el fin del modelo tradicional de subcontratación y estableciendo nuevas reglas para la contratación de servicios especializados. Con estas decisiones judiciales, se valida la calidad del proceso legislativo detrás de la reforma laboral y se sientan las bases para un panorama laboral más equitativo y justo para los trabajadores mexicanos.

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