SAT presiona a Elektra; va por embargo de 2 mil 636 millones de pesos.

De forma reciente el Tribunal Federal de la Justicia Fiscal y Administrativa resolvió que TV Azteca debe pagar más de 2 mil millone pesos al Servicio de Administración Tributaria (SAT).  

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se puso serio y busca ejecutar a Grupo Elektra, de grupo Salinas, un crédito fiscal por 2 mil 636 millones de pesos, según la información de la Suprema Corte de Justicia el pasado 19 de enero.

De acuerdo con una publicación de Reforma, desde el pasado 24 de febrero, el SAT se encargó de emitir un oficio donde dictó diversas medidas de aseguramiento contra Elektra, mismas que serían adicionales a las que ha venido implementando desde mediados del 2020.

Ante esta situación, la empresa se amparó contra este oficio; sin embargo, el 4 de abril el Juez federal, Victor Luna Escobedo, rechazó concederle una suspensión provisional y por ello, el juez notificará este viernes si niega o concede la suspensión de forma definitiva.

Las resoluciones dictadas por varios tribunales indican que, por lo menos, desde el 19 de junio de 2020, el SAT embargó a Grupo Elektra para garantizar la deuda; y, además, la propia empresa fue la que ofreció el embargo como garantía.

Se exige un pago.

El 16 de julio del 2021, el SAT se encargó de exigir a Elektra ampliar la garantía, la razón: considerarla insuficiente; y, además, solicitó informes sobre los accionistas de la empresa, pues las acciones son bienes sobre los cuales se puede cobrar el crédito fiscal, fincado en 2013 por omisiones en pago del ISR del ejercicio de 2006.

Es menester puntualizar que Elektra respondió con un amparo y, el 30 de agosto del año previo, el juez le concedió una suspensión para no entregar  al fisco datos de sus accionistas.

“os bienes o negociaciones embargadas se podrán dejar bajo la guarda del o de los depositarios que se hicieron necesarios. Los jefes de la oficina ejecutoras, bajo su responsabilidad, nombrarán y removerán libremente a los depositarios”,  reza el artículo 153 del Código Fiscal de la Federación.

Esto se trata de una medida para los embargos en procedimientos administrativos en ejecución, que se encarga de señalar cuando la deuda ya es definitiva y exigible como en este caso.

Es menester puntualizar que Elektra ya no puede litigar contra el crédito fiscal, sino solo contra irregularidades durante el procedimiento de cobro.

Con información de La Silla Rota

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