Profeco insiste que aerolíneas no deben cobrar por equipaje de mano

Profeco advirtió que buscará llevar el caso de Viva Aerobus ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación 

MÉXICO.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), insistió en que los consumidores tienen derecho a viajar en avión con equipaje de mano, sin cargos adicionales pese a cualquier tarifa pagada por su vuelo.
 

Esto después de que un Tribunal federal resolvió a favor de Viva Aerobus, la “tarifa zero”, que no permite a los viajeros llevar una maleta en cabina, de hasta 10 kilos, como afirma Profeco debe ocurrir en cualquier caso.
 

A través de un comunicado, Profeco afirmó que la llamada “tarifa zero” de Viva Aerobus, “constituyen una práctica que lesiona los intereses y derechos de los pasajeros y por ende, una afectación a la economía de una colectividad de consumidores”.

En diciembre de 2021, Profeco emitió una alerta al público consumidor, debido a que Viva Aerobus comercializa vuelos con tarifas que no incluyen derecho a transportar equipaje de mano.
 

En respuesta, la aerolínea interpuso un amparo de revisión, que le fue otorgado a favor a Viva Aerobus, al considerar la autoridad que la “tarifa zero” está apegada a lo estipulado por la Ley de Aviación Civil.
 

Mediante un comunicado, Viva Aerobus señaló que cuenta con cuatro modalidades de viaje que incluyen un número distinto de maletas, peso y tamaño, según las necesidades de cada pasajero.
 

De esta manera, la aerolínea es capaz de proporcionar a sus pasajeros importantes descuentos, en beneficio de su economía, cuando no desean transportar cierta cantidad de equipaje. Así, se les confiere la libertad y el derecho de elección para evitar pagos innecesarios por servicios no requeridos”, detallaron.
 

En un boletín, la Procuraduría Federal del Consumidor dio a conocer que aunque la autoridad falló a favor de la aerolínea, aún hay medios de impugnación pendientes por agotar.
 

“Esta Procuraduría buscará hacer llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el presente caso para que revise la correcta interpretación que realizarán en su momento los juzgadores respecto a la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley de Aviación Civil, que éstas correspondan al criterio ya asentado por el Tribunal Máximo mediante la sentencia señalada en el párrafo anterior”, expuso.

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