En ciertas ocasiones, algunos despachos de cobranza recurren a prácticas ilegales al momento de tratar con los deudores; así puedes proceder.
MÉXICO.- Muchas personas han atravesado problemas económicos, que incluyen las deudas de las tarjetas de crédito y algunos tiempos complicados, por lo que es posible que lleguemos a enfrentar algunas deudas con algunas instituciones financieras.
Esta situación trae como consecuencia que los despachos de cobranza realicen llamadas de manera insistente para solicitar tu pago, inclusive con amenazas de meterte a la cárcel; sin embargo, hay reglas para hacerlo y esto es lo que dice la Condusef.
Para no lidiar con los deudores, los bancos suelen contratar a este tipo de despachos para realizar la gestión del cobro de sus créditos, préstamos o financiamientos, para algunos de ellos recurren a prácticas que tienen prohibidas.
Sin embargo, si recibes llamadas amenazantes de que si no pagas irás a prisión, es importante que tomes en cuenta que esto no es ilegal y los despachos de cobranza tienen ciertos limites que no deberían rebasar; pues, en muchas ocasiones, cometen acciones que, además de incomodar, pueden ser motivos de sanción.
Debes tomar en cuenta que las personas que dejan de pagar las deudas tendrán en consecuencia acumulación de intereses. Además, los bancos te cobran cargos por mora y otras adicionales por las visitas domiciliarias a estos despachos.
¿Cómo deben proceder?
Según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), estos despachos operan bajo reglas específicas para solicitar de manera respetuosa a los clientes que realicen el pago de su adeudo. Estas son algunas de las acciones que deben cumplir al momento de hacer su labor.
- - Dirigirse al deudor de forma respetuosa y educada.
- - Comunicarse o presentarse en un horario de 7:00 am a las 22:00 horas.
- - Documentar por escrito con el deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración.
- - Entregar a la entidad financiera los documentos que contengan los acuerdos referidos.
¿Qué tienen prohibido hacer los despachos de cobranza?
En el micrositio de Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) la Condusef dio a conocer las cosas que los despachos no están facultados para realizar.
- - Utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las instituciones públicas.
- - Utilizar números que aparezcan en el identificador de llamadas como “confidencial”, “oculto” o “privado”.
- - Amenazar, ofender o intimidar al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.
- - Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
- - Establecer listas negras, cartelones, o anuncios, que hagan del conocimiento público la negativa del pago de los deudores.
- - Recibir por cualquier medio de manera directa el pago del adeudo.
- - Hacer gestiones de cobro a terceros, incluidas las referencias personales y beneficiarios, con excepción de deudores solidarios o avales.
En el caso de que el personal del despacho esté realizando más de 15 o 20 llamadas diarias a tu número de teléfono o algún familiar o referencia o esté realizando amenazas, puedes interponer una queja ante la Condusef dando clic aquí o comunicarte directamente en la línea 800 900 80 80