Una vez que un trabajador obtenga un crédito, el empleado deberá autorizar a su entidad empleadora para descontar de su nómina una determinada cantidad para realizar los pagos periódicos o el pago total de su préstamo ante la entidad financiera
MÉXICO.- Los diputados aprobaron reformar diversas disposiciones de las Leyes General de Títulos de Operaciones de Crédito, General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, para regular los créditos de nómina, mediante la cobranza delegada.
Una vez que un trabajador obtenga un crédito, el empleado deberá autorizar a su entidad empleadora para descontar de su nómina una determinada cantidad para realizar los pagos periódicos o el pago total de su préstamo ante la entidad financiera.
Se precisa que no se considerarán como créditos de nómina con cobranza delegada, los créditos que se otorguen conforme a las leyes aplicables a las operaciones que realizan con sus derechohabientes, el Infonavit, el Fovissste y el Fonacot.
Senado de la República tendrá que aprobar el embargo del salario de los trabajadores
En lo aprobado por los diputados se establece que después de que el trabajador se comprometa con cierta cantidad, que no supere el 40% de su salario, no podrá modificarse hasta que se concluya el pago del préstamo.
Los empleadores también podrán acordar con las personas acreditantes mejores condiciones del crédito que las acordadas en un inicio.
Esto es para garantizar el pago de los créditos, que ahora se espera que se apruebe en el Senado de la República, para que los bancos sean los grandes beneficiados al reducir sus deudas por créditos.
Con información de Dinero en Imagen.