¿Se puede negar el trabajo a los deudores de pensión alimentaria?

La implementación de la nueva ley de Pensión Alimentaria seguiría implementando problemas para aquel padre que incumpla este mandato

MÉXICO-. La nueva Ley de Pensión Alimentaria estipula que se hace obligatorio y avalado por la ley, el que el padre que no ostente la patria potestad del menor dará un monto mensual correspondiente al 15% de su sueldo.

Esto en un principio se haría valido solo si el padre que tuviera que dar dicho monto contaría con un empleo para solventarlo pero ahora la situación se habría complicado para estos.

Si bien la propia implementación de la ley por si sola supuso una gran controversia en el sector gubernamental y para los propios progenitores que no se hacen cargo monetariamente de sus hijos, a esta se le seguirían implementando nuevas características.

Impedimentos que los progenitores que no cumplan con esta ley pueden tener 

Como se puede ver en los puntos anteriores, los progenitores que no acaten con el dictamen de esta ley se verán en grandes problemas para realizar los trámites y expedir documentos en general, por lo que serían más los beneficios de pagar dicha pensión que el no pagarla.

¿Se puede negar empleo a las personas que sean deudores alimentarios?

No, debido a que en la propia ley se estipula que el monto que tiene que dar el progenitor sería igual al 15% del sueldo, por lo que si no hay sueldo alguno no podría efectuarse la ley correctamente.

Se prevé que ni siquiera los patrones puedan pedir el certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para su contratación.

Es así como los progenitores aunque sean deudores alimentarios no se les puede negar el empleo pero si que seguirán teniendo inconvenientes al momento de expedir la mayoría de tramites de carácter importante.

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