A pesar de que situaciones como estas a veces sean inevitables, es un acto que no está permitido y te puede hacer acreedor a una multa, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal de México.
MÉXICO.- Las autopistas y carreteras de México a lo largo de su extensión cuentan con estaciones de servicio de emergencia y gasolineras con tiendas y baños
En ocasiones las personas no logran llegar a dichos servicios y optan por orillarse y hacer sus necesidades en la maleza que rodea a la carretera.
A pesar de que situaciones como estas a veces sean inevitables, es un acto que no está permitido y te puede hacer acreedor a una multa, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal de México.
¿De cuánto es la multa por orinar en carreteras federales?
El artículo 94 de del Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales señala que los conductores, pasajeros y peatones tienen prohibido defecar y orinar en vías federales.
En el apartado también se indica que, de igual manera, queda prohibido realizar en las carreteras "actos que atenten contra la moral pública o pudor de los demás usuarios".
También está señalado en el artículo 94 que los usuarios pueden hacer uso de las estaciones de servicios auxiliares que forman parte de la infraestructura de las carreteras federales a lo largo del país. Es decir, de los baños públicos.
Ahora, en caso de cometer esta falta al reglamento de las carreteras federales, la persona se hará acreedora a una multa de 5 a 10 veces la cuota diaria, en el reglamento dicha cuota es equivalente al salario mínimo diario, así que la multa que podrías terminar pagando por orinar o defecar en una autopista o carretera va de los de mil 37 pesos a los 2 mil 74 pesos.
En el caso de los peatones, éstos sólo recibirán una amonestación verbal por parte de las autoridades de tránsito.
Fuente: CAPUFE y Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales