Muchas Afores le pertenecen a instituciones financieras, pero una Administradora de Fondos para el Retiro no es un banco, ni aseguradora, sino que se dedican exclusivamente a invertir los recursos del trabajador
MÉXICO.- Es posible que alguna vez hayas escuchado sobre las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), donde los trabajadores ahorran para su vejez, pero ¿sabes realmente cómo funcionan?
Muchas Afores le pertenecen a instituciones financieras, pero una Administradora de Fondos para el Retiro no es un banco, ni aseguradora, sino que se dedican exclusivamente a invertir los recursos del trabajador.
¿Cuál es la función de las Afores?
Según la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), éstas se encargan de manera exclusiva y profesional a la administración de las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores.
Sin embargo, las Afores deben tener la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y están sujetas a la regulación de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
En las Afores, según información de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), cada uno de los trabajadores tiene una cuenta individual, que es personal y única.
En esta cuenta a lo largo de la vida laboral de cada trabajador se acumulan recursos mediante las cuotas y aportaciones, las cuales deposita periódicamente el patrón, el gobierno y el mismo trabajador.
Estas aportaciones se calculan con base en el salario base de cotización, hasta un tope máximo de 23 salarios mínimos.
¿Cómo se subdivide una cuenta individual de Afore?
Cada cuenta individual tiene 4 subcuentas y son las siguientes:
1. Retiro, vejez y cesantía
La aportación a esta subcuenta es obligatoria y la realizan:
- El patrón, quien de manera bimestral aporta el 2% del salario base de cotización para el retiro y 3.15% del salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez.
- El Gobierno federal, cuya aportación es bajo el concepto de cuota social, que corresponde al 0.225% del salario base de cotización por cesantía, edad avanzada y vejez de manera bimestral y una cantidad equivalente al 5.5% del salario mínimo general.
- El trabajador, quien aporta bimestralmente el 1.125% sobre el salario base de cotización.
El trabajador podrá tener acceso a estos ahorros una vez que cumpla los 65 años de edad, que es la edad que la ley de México estipula para el retiro.
2. Aportaciones voluntarias
En esta subcuenta se destina únicamente el dinero que el trabajador de forma voluntaria decide ahorrar durante su vida laboral, para cuando llegue el momento de su retiro. La ventaja de ahorrar en esta subcuenta, es que se generan rendimientos y si en algún momento se necesita dinero, se pueden hacer retiros.
3. Vivienda
En esta subcuenta el patrón hace aportaciones bimestrales que equivalen al 5% del salario base de cotización y estos recursos se destinan al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Este dinero se puede usar para solicitar un financiamiento con el Instituto, pero también si nunca se utilizan, una vez que el trabajador se jubile, puede incrementar con estos ahorros su pensión.
4. Aportaciones adicionales o complementarias
El objetivo de esta subcuenta es incrementar el monto de pensión, pero depende de las aportaciones que haga el trabajador o el patrón.
De acuerdo con Profeco, todo el dinero generado por estas aportaciones se invierte por las Afores en Sociedades de Inversión Especializadas para el Retiro (Siefores), con el propósito de generar rendimientos.